Categoría: Presentación
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 La Asociación se estructura a través de los siguientes órganos que la forman y gestionan el propio funcionamiento de la Asociación y los Centros de Acogida.

Estos son los siguientes:

  1. Junta Directiva de la Asociación: Está formada por el Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, tres Vocales y como miembro nato el Delegado de Pastoral Penitenciaria de la Diócesis de Getafe. La junta directiva se reúne una vez al mes y en estas reuniones se tratan temas relativos a la financiación, los presupuestos, contratación, elaboración de los reglamentos, diseño de nuevos proyectos y alternativas, relaciones institucionales, los posibles cambios en planificaciones y estrategias y, en general, ejecutar los acuerdos que se hayan tomado en la Asamblea General de Socios anual.
  2. Junta de Seguimiento y Evaluación:La Junta se reúne una vez al mes, generalmente coincidiendo con el último lunes de cada mes y está formado por el Presidente de la Asociación,  los trabajadores y profesionales contratados, y los voluntarios que colaboran como monitores de los grupos del Taller Vivir sin Cadenas de los Centros Penitenciarios. Tiene como funciones hacer la evaluación y seguimiento de los avaladosy usuarios , concesión o denegación de avales, aprobación de las acogidas en Libertad Condicional y Tercer Grado, resolver sobre situaciones determinadas de los avalados, evaluación de las incidencias y posibles sanciones, favorecer el intercambio fluido de información, proporcionar estabilidad al equipo multidisciplinar y garantizar la formación tanto de voluntarios como de profesionales.
  3. Equipo Multidisciplinar: Está el formado por el Educador  y los profesionales que en ese momento se encuentren contratados . Son reuniones que tienen lugar una vez por semana como mínimo, y en ella se ponen en común los seguimientos individualizados de cada usuario, la evaluación y valoración de las terapias individuales y grupales, la actualización de los expedientes y protocolos, la evaluación y seguimiento de los talleres y programas, las situaciones y relaciones familiares, las programaciones de los permisos, la consecución de los objetivos de cada usuario y una planificación de futuras acciones, etc. 
  4. Equipo de administración y coordinación de proyectos: Formado por el Director del Centro, administrativo si lo hubiese, y el o los representantes de la Junta Directiva. Su función es poner al día el inventario de bienes, la gestión económica y financiera de la asociación, la elaboración de proyectos para la presenteción a las diversas convocatorias de subvenciones, informar a la Junta Directiva sobre la aplicación del presupuesto y la cuenta de resultados, gestión de los gastos e ingresos, justificación de las subvenciones concedidas, garantizar que las subvenciones recibidas se aplican correctamente al proyecto asignado, las relaciones institucionales y facilitar la información actualizada de la evolución de la asociación y los centros a socios y colaboradores. En general su función es fundamentalmente adminsitrativa y burocrática.
  5. Asamblea General Ordinaria de Socios: Esta asamblea tiene lugar una vez al año en el mes de Junio Está formada por todos los miembros de la asociación inscritos. Las facultades de la Asamblea General Ordinaria según los Estatutos son:
    • Nombramiento de la Junta directiva y sus cargos.
    • Examinar y aprobar los presupuestos anuales y las cuentas.
    • Aprobar la Memoria de Actividades del año anterior y ser informados de la actual en curso.
    • Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
    • Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias
    • Acuerdo para constituir una Federación de Asociaciones o integrarse en alguna.
    • Expulsión de socios a propuesta de la Junta Directiva.
    • Solicitud de declaración de Utilidad Pública
    • Disposición y enajenación de bienes.
    • Aprobar el Reglamento de Régimen Interior
  6. Asamblea General Extraordinaria de Socios: Tiene lugar en los supuestos previstos por la ley, previa convocatoria por la Junta Directiva o cuando lo solicite por escrito un número de asociados no inferior al 10%. A esta asamblea le corresponde la modificación de los Estatutos y la disolución de la Asociación.